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Próximo feriado 6 de agosto: ¿Será remunerado?

Este 6 de agosto e feriado según lo establecido en la Ley Nº 31530, que modifica el artículo 6 del Decreto Legislativo 713.

El próximo domingo 6 de agosto será un día festivo nacional en todas las instituciones y entidades públicas para conmemorar la batalla de Junín. 

En consecuencia, los empleados tienen derecho a descansar ese día y recibir el pago correspondiente como si fuera un feriado habitual del calendario.

Si, por alguna razón, la empresa necesita que el trabajador asista a su lugar de trabajo o realice trabajo remoto, existen dos escenarios posibles:

  1. El empleador puede otorgar un día de descanso compensatorio por el día trabajado.
  2. Si no se otorga el día de descanso compensatorio, el trabajador debe recibir tres pagos diferentes:
  • Un pago por el día feriado.
  • Un pago por el trabajo realizado.
  • Un pago adicional del 100 % como sobretasa.

Por ejemplo, si la remuneración diaria de un trabajador es de 50 soles, recibiría 50 soles por el día feriado (que ya estarían incluidos en su remuneración semanal, quincenal o mensual); luego, recibiría 50 soles más por el trabajo realizado y otros 50 soles adicionales como sobretasa. En total, debería recibir 150 soles por trabajar en este feriado.

En caso de que la empresa no cumpla con estas disposiciones, los empleados pueden presentar una denuncia ante la Sunafil por este incumplimiento. Esta infracción se considera muy grave y la sanción varía dependiendo del tipo de empresa y la cantidad de trabajadores afectados.

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