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Ecuador: Se declara estado de excepción tras violentos motines en las prisiones

El Estado de Excepción es declarado por el presidente Daniel Noboa debido a la crisis de seguridad.

Desde el lunes, Ecuador ha ingresado en un estado de excepción que se extenderá por sesenta días, incluyendo un toque de queda durante la noche y madrugada. Esta medida se ha implementado debido a la crisis carcelaria desatada recientemente por la fuga de uno de los reclusos, Adolfo Macías, catalogados como los más peligrosos del país.

El presidente ecuatoriano, Daniel Noboa, previamente había anunciado a través de un mensaje en Instagram que había firmado el decreto ejecutivo relacionado con el estado de excepción. El texto de este decreto incluye un artículo que establece la restricción a la libertad de tránsito o un toque de queda de seis horas, que se aplicará desde las once de la noche hasta las cinco de la mañana.

El artículo 7 del anuncio presidencial especifica que «se restringe la libertad de tránsito a partir de la expedición del presente Decreto Ejecutivo todos los días desde las 23:00 hasta las 5:00 en el espacio territorial delimitado por la presente declaratoria». Además, señala que las personas que circulen durante este horario serán llevadas ante la autoridad judicial correspondiente.

A pesar de la implementación del toque de queda, el decreto contempla diversas excepciones, eximiendo a servicios de salud pública y privada, miembros de la fuerza pública, servicios de emergencia, funcionarios de varias entidades gubernamentales, el cuerpo diplomático acreditado, contratistas públicos, personal del sector exportador e industrial con labores nocturnas, viajeros de vuelos programados, abogados que justifiquen la necesidad de movilización durante el toque de queda, trabajadores de medios de comunicación y empleados de sectores estratégicos.

Este estado de excepción, aplicado en todo el territorio nacional, se ha instaurado debido a la «grave conmoción interna», abarcando todos los centros de privación de la libertad que forman parte del Sistema Nacional de Rehabilitación Social. Además, suspende el derecho a la libertad de reunión, a la inviolabilidad de domicilio y al de la correspondencia tanto en el territorio nacional como en el sistema penitenciario.

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