El Poder Judicial desestimó la solicitud del Partido Nacionalista para acogerse a la ley que lo exime de responsabilidad penal
La organización política está implicada en la investigación en curso contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia por el caso Odebrecht.

El Poder Judicial rechazó aplicar a favor del Partido Nacionalista la Ley 30424 que libra a los partidos políticos de responsabilidad penal. Esta organización política se encuentra incluida en la investigación en curso contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia por el caso Odebrecht y OAS.
Desde hace más de cinco años, el Ministerio Público investiga a los líderes del Partido Nacionalista, Ollanta Humala y Nadine Heredia, porque presuntamente habrían cometido el delito de lavado de activos al gestionado una financiación ilegal durante las campañas electorales para las elecciones presidenciales del 2006 y 2011.
Leer más: Revocan impedimento de salida del país a Nadine Heredia por caso de lavado de activos
La organización política está implicada en la investigación en curso contra el expresidente Ollanta Humala y su esposa Nadine Heredia por el caso Odebrecht.
#Importante Poder Judicial rechaza aplicar a favor del Partido Nacionalista la Ley 32054, promulgada por el Congreso de la República, y publicada ayer en el diario El Peruano, que libra a los partidos políticos de responsabilidad penal, en el juicio seguido contra #OllantaHumala… pic.twitter.com/JW7nvGRwLb
— Poder Judicial Perú (@Poder_Judicial_) June 11, 2024
Argumentos de la defensa del Partido Nacionalista
El abogado del Partido Nacionalista, David León, citó la norma y pidió su aplicación inmediata: «(La ley establece) que a los partidos políticos no se aplica la disolución. Esta ley, que está en vigencia, excluye a partidos políticos de responsabilidades penales y, lógicamente, de procesos penales», indicó.
También, agregó: «Así que, invocando el principio constitucional de que nadie puede ser procesado por hechos que no constituyen delitos, que por analogía correspondería a hechos que no son punibles para la persona jurídica del Partido Nacionalista, solicitamos la extromisión [exclusión] del partido político de este proceso«.
En ese sentido, sustentó que serán los jueces los que determinar la aplicación de la ley. «Al amparo de esta nueva ley, no se puede procesar penalmente [al partido político] porque la ley lo prohíbe. Dice que solo se aplicará un proceso sancionador. Entiendo que hay un polémica en la sociedad sobre esta ley, pero corresponde a los jueces aplicar la ley«, manifestó.
Leer más: Jorge Barata ratifica pago de coimas a campañas políticas de Humala, Keiko, PPK y Alan García
En respuesta, el fiscal Germán Juárez recordó al juzgado que dicha organización política es investigada por el presunto delito de lavado de dinero, por lo que pidió que no se aplique el control difuso para excluirlos de la imputación.
«Se están regulando las sanciones, no el hecho punible que se le está imputando. […] La norma constitucional dice que se debe cautelar que no ingresó dinero ilícito a estas organizaciones políticas para posteriormente lavar dinero y lograr objetivos subalternos«, manifestó.
Tras la sustentación, el Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional consideró «que los efectos y la eventual interpretación de la citada ley serán discutidos y resueltos al momento de emitir la sentencia del proceso, que se prevé para los próximos meses«.
Fuente: La República
