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Ley Contra el Crimen Organizado beneficia a los delincuentes gracias al Congreso

El Congreso de la República generó gran controversia tras la aprobación del Proyecto de Ley 5891/2023/CR, el cual modifica la norma contra el crimen organizado.
Foto: Andina
Este proyecto, impulsado por Waldemar Cerrón y aprobado en primera votación el pasado 30 de mayo, excluye 59 de los 91 tipos penales originalmente comprendidos en la norma, favoreciendo así a diversas organizaciones criminales.

Ricardo Valdés, director ejecutivo de CHS Alternativo, advirtió sobre las implicaciones de estos cambios. Según Valdés, “delitos como estafa agravada, venta de órganos, enriquecimiento ilícito, tráfico ilícito de migrantes y tala ilegal, entre otros, ya no podrán ser investigados y procesados con los procedimientos que comprende dicha norma”.

Esta advertencia subraya la preocupación de diversos sectores de la sociedad respecto a la eficacia y alcance de la lucha contra el crimen organizado en el país.

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La nueva definición de crimen organizado propuesta en el proyecto de ley establece que, para ser considerados dentro de este tipo penal, las organizaciones deben cometer delitos graves sancionados con penas de cárcel mayores a seis años.

Como resultado, delitos como estafa agravada, tráfico de productos pirotécnicos, tala ilegal, tortura simple, marcaje no agravado, concusión, colusión simple, peculado, cohecho pasivo simple, soborno internacional pasivo, cohecho pasivo propio, negociación incompatible, enriquecimiento ilícito básico, tráfico de influencias y falsificación de documentos, entre otros, ya no serán considerados como crimen organizado.

Además, el proyecto de ley aprobado plantea que los allanamientos deben desarrollarse con la presencia del involucrado y su abogado, lo cual, según Valdés, “desnaturaliza la figura legal”. Agregó: “Definitivamente en un allanamiento el espíritu es el factor sorpresa, sino sería imposible encontrar evidencias, además hay que tener en cuenta que los allanamientos son producto de una investigación previa y la autorización de un juez”.

Fuente: Expreso

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