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¡Atención consumidor! Tienes derecho a pagar en ventanilla cualquier cantidad de dinero en efectivo

Indecopi multa a Interbank por impedir que usuario pague un monto de 247 soles por medio de ventanilla.

La Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi impuso a Interbank una multa de 6.89 UIT (34,105 soles) en su última instancia administrativa.

Esto ocurrió después de que se encontrara que Interbank no permitió que un cliente pagara 267 soles en ventanilla sin razón justificada. A través de la resolución 2019-2023/SPC-Indecopi, la Sala confirmó la multa previamente establecida por la Comisión de Protección al Consumidor en primera instancia.

La entidad financiera no pudo refutar las acusaciones ni proporcionar pruebas en contra cuando se atendió la queja del cliente. La decisión resolutiva resaltó que no existe restricción alguna para que los consumidores realicen pagos según su elección, lo que llevó a la conclusión de que Interbank infringió los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

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En contraste, la Sala anuló la resolución 2612-2022/CC1 y validó la queja presentada por el cliente en contra del banco, acusándolo de posiblemente superar el plazo legal de 30 días para abordar el reclamo que fue presentado el 8 de enero de 2022. En esta línea, la Sala instruyó a la instancia inicial para que proceda con la tramitación de esta cuestión y después emita un juicio, ya sea respaldando o rechazando la denuncia.

Con el objetivo de prevenir futuras situaciones similares, la Sala instruyó al banco a tomar medidas correctivas adicionales, en concreto, brindar capacitación a su personal para que permitan a los clientes efectuar pagos en ventanilla por montos menores, como aquel que fue objeto de la denuncia, de acuerdo con las regulaciones actuales.

Los órganos resolutivos del Indecopi actúan con independencia en el ejercicio de sus funciones, y sus decisiones no están sujetas a supervisión por parte de la presidencia del consejo directivo, la gerencia general ni ninguna de las divisiones que conforman la estructura administrativa del Indecopi. Esto se alinea con lo estipulado en el artículo 21 de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi.

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Fuente: Andina

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